Diversos factores influyen
en la modificaciòn y actualizaciòn de las normas
y estàndares internacionales, entre alguno de ellos
podemos mencionar,
- La velocidad de los nuevos adelantos
y conocimientos cientìficos
- La velociad de las comunicaciones y
el transporte de animales, productos de origen animal
- El aumento de la concentraciòn
de las poblaciones humanas y animales
- La aparciciòn de enfermedades
emergentes
- La necesidad de dar una respuesta ràpida
y con base cientìfica a las necesidad de un comercio
seguro y transparente.
Por lo tanto es de fundamental importancia
la intensa participaciòn en el proceso de ELABORACION
y MODIFICACION de las NORMAS y ESTANDARES de la OIE y hemos
desarrollado esta ayuda para que pueda ser comprendido adecuadamente
el procedimiento y el cronograma anual de trabajo.
Pondremos a disposiciòn de los paìses los comentarios
recibidos de de cada uno de ellos para que los puedan compartir
e intercambiar. |
| El Acuerdo sobre la Aplicación
de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC (Acuerdo MSF),
el cual entró en vigor en enero de 1995 con la creación
de la OMC, tiene como objetivo la reducción al mínimo
de los efectos negativos de las barreras sanitarias injustificadas
en el comercio internacional. El Acuerdo exige que los Países
Miembros establezcan medidas que conduzcan a la más amplia
armonización posible de las medidas zoosanitarias por
ellos tomadas para asegurar la protección de la vida
y la salud de las personas y de los animales, basándose
en normas, directrices y recomendaciones internacionales. Tratándose
de sanidad animal y zoonosis, el Acuerdo MSF hace referencia
a las "normas, directrices y recomendaciones elaboradas
bajo los auspicios de la OIE".
El Código Sanitario para los Animales Terrestres de
la OIE y el Código Sanitario para los Animales Acuáticos
contienen normas, directrices y recomendaciones concebidas
para evitar la introducción de enfermedades y de agentes
infecciosos patógenos para los animales y las personas
en el país importador con motivo del comercio de animales,
material genético de origen animal y productos de origen
animal. Esto es posible gracias a las recomendaciones detalladas
en materia de medidas sanitarias que deben ser aplicadas por
los Países Miembros de la OIE al establecer las reglamentaciones
sanitarias pertinentes a la importación de animales,
material genético de origen animal y productos de origen
animal.
El Manual of Diagnostic Tests and Vaccines
for Terrestrial Animals (Manual de Pruebas de Diagnóstico
y Vacunas para los Animales Terrestres) y el Manual of Diagnostic
Tests for Aquatic Animals (Manual de Pruebas de Diagnóstico
para los Animales Acuáticos), volúmenes complementarios
de sus respectivos Códigos, ofrecen un enfoque uniforme
para el diagnóstico de las enfermedades incluidas en
las listas de la OIE y otras enfermedades importantes en el
comercio internacional. De esta manera se puede asegurar el
cumplimiento de los requisitos para la certificación
sanitaria relacionada con el comercio de animales y de productos
de origen animal. La descripción de métodos
de laboratorio reconocidos internacionalmente para el diagnóstico
de enfermedades y de los requisitos para la producción
y control de los productos biológicos (especialmente
las vacunas) tiene como fin armonizar estos elementos fundamentales
de la prevención, vigilancia y lucha contra las enfermedades
animales. Los Manuales proveen valiosas informaciones científicas
y técnicas reconocidas internacionalmente que complementan
las disposiciones concernientes al comercio contenidas en
los Códigos.
La elaboración de nuevas normas
y la revisión de las existentes en los Códigos
y Manuales de la OIE están a cargo de las Comisiones
Especializadas de la OIE (la Comisión de Normas Sanitarias
de la OIE para los Animales Terrestres para el Código
Terrestre, la Comisión de de Normas Biológicas
para el Manual Terrestre, y la Comisiónde Normas Sanitarias
de la OIE para los Animales Acuáticos para el Código
Acuático y el Manual Acuático). Los miembros
de las Comisiones Especializadas poseen experiencia en la
ciencia veterinaria y en materia reglamentaria, son elegidos
por el Comité Internacional de la OIE y proceden de
todas la regiones donde la OIE está presente. Las Comisiones
Especializadas se reúnen dos o tres veces al año
a fin de emprender un programa de trabajo detallado para la
elaboración y revisión de normas. El establecimiento
o la revisión de una norma requiere una solicitud por
parte de un País Miembro, una Comisión Regional,
el Comité Internacional o una organización internacional
con la cual la OIE coopera (por ejemplo la FAO y la OMS).
Las Comisiones pueden utilizar el trabajo de los Grupos Ad
hoc, reunidos para examinar la información científica
más reciente sobre un agente infeccioso en particular
o alguna enfermedad y determinar si es necesario introducir
cambios en las normas.
Un proyecto de norma emitido por una Comisión
Especializada se somete primero a todos los Países
Miembros para comentario y discusión inicial por parte
del Comité Internacional. Luego la Comisión
Especializada estudia el proyecto, teniendo en cuenta los
comentarios recibidos, y, por lo general, somete el proyecto
revisado para aprobación del Comité Internacional
en su próxima reunión. Una vez que se adopta
oficialmente, la norma puede ser aplicada por los Países
Miembros. La importancia de las normas publicadas en los Códigos
y Manuales de la OIE reside en el hecho de que son elaboradas
y revisadas por consulta formal y son el resultado del consenso
entre los expertos de los Países Miembros de la OIE. |